En los últimos días de julio y principios de agosto, la Dirección General Impositiva (DGI) de Uruguay intensificó las fiscalizaciones a empresas y profesionales, especialmente en el interior del país. El foco estuvo puesto en los servicios profesionales y las empresas unipersonales. Adicionalmente en las jornadas tributarias organizadas por DGI en los días 13 y 14 de octubre, su director manifestó que parte del presupuesto para el próximo quinquenio se financiará con cambios en los impuestos vigentes y la otra mitad mediante un aumento en la eficiencia recaudatoria de la DGI. Para esto se implementará un modelo de gestión voluntario que consta de varios pasos. Entre ellos se destaca que el enfoque estará dado en tratar de que el contribuyente cumpla con sus obligaciones sin llegar a caer en el incumplimiento.
Ante esta situación, es crucial que las empresas cumplan de manera correcta con sus obligaciones tributarias.
Sin embargo, en la práctica puede suceder que por incumplimientos o inconsistencias en la información en poder de la DGI, el contribuyente sea objeto de una inspección y/o notificación por parte de la misma.
En estos casos las empresas y sus asesores fiscales deberían seguir un protocolo de actuación claro para gestionar de forma adecuada las situaciones antes mencionadas.
Protocolo de actuación ante inspecciones de la DGI
Recepción y validación de la notificación
Lo primero es verificar que la notificación provenga de la DGI y esté firmada por un funcionario autorizado. La notificación debe ser clara, especificar el tipo de fiscalización (inspección, intimación, etc.) y el período a fiscalizar. Es vital revisar el plazo de respuesta, que suele ser de 10 a 15 días hábiles, y actuar con rapidez.
Coordinación con el asesor fiscal
Una vez recibida la notificación, contacta de inmediato a tu contador o asesor fiscal. Él es quien tiene el conocimiento técnico para entender el alcance de la fiscalización y la documentación a presentar. No respondas a la DGI ni entregues información sin la previa revisión y autorización de tu asesor
El asesor fiscal analizará el requerimiento y determinará la información precisa que debes entregar. Es fundamental entregar solo la información solicitada en la notificación. Proporcionar datos adicionales no requeridos puede generar nuevas preguntas y complicar el proceso. Toda la información debe ser coherente con las declaraciones juradas que has presentado anteriormente.
Manejo de la información bancaria y el secreto profesional
Es crucial entender que la DGI no siempre necesita solicitar formalmente el levantamiento del secreto bancario para acceder a tu información financiera. Por normativas de intercambio de información fiscal, y en el marco de la lucha contra la evasión, la DGI recibe de forma regular datos de los bancos sobre aquellas cuentas que superan un determinado umbral de saldo o promedio. Para personas físicas residentes, este umbral ronda los USD 63.000, mientras que para personas jurídicas residentes el monto ronda los USD 25.000.
Con estos datos en su poder, la DGI puede comparar la información que recibió de los bancos con lo que has declarado en tus impuestos. Si encuentran una discrepancia, la fiscalización se inicia con un indicio de inconsistencia que ya tienen.
Por lo tanto, el pedido formal de levantamiento del secreto bancario es un paso posterior y más profundo, que le permite a la DGI acceder a movimientos específicos, orígenes y destinos de fondos, y a detalles que no se obtienen en el intercambio automático.
Ante este requerimiento, el profesional debe:
• Analizar la legalidad de la solicitud: El asesor fiscal debe verificar que la DGI cumpla con todos los requisitos legales para solicitar el levantamiento del secreto bancario, ya que no es una medida automática y debe estar justificada.
• Proponer alternativas: El contribuyente puede ofrecer entregar la información de sus cuentas de forma voluntaria, lo que puede evitar un proceso judicial formal y demostrar cooperación.
• Preparar una defensa sólida: La mejor manera de manejar la situación es justificar cada movimiento de los fondos. Esto puede incluir contratos, facturas, recibos, o cualquier otra documentación que respalde el origen de los ingresos y los egresos.
En resumen, la clave para manejar estas inspecciones es la organización, la celeridad y, sobre todo, la coordinación con un asesor fiscal desde el primer momento. La fiscalización es un proceso formal y la mejor defensa es la preparación, la transparencia y el estricto apego a la normativa.
Publicado el: 2025-10-02